Ya hemos explicado en otras ocasiones cómo podemos ser más visibles cuando circulamos en bicicleta, pero ¿qué elementos son obligatorios si circulo en bici? Ante esta pregunta existe cierto desconocimiento, ya que muchos usuarios no disponen en su día a día de todos los elementos obligatorios para circular conforme a la ley.

Pese a no necesitar de carné o seguro obligatorio, la bicicleta está considerada un vehículo y debe ceñirse al Reglamento General de Circulación. En este se especifican las obligatoriedades a la hora de circular en bicicleta, ya sea por la ciudad o en carretera, y sobre los elementos obligatorios que hay que llevar. Este aspecto genera desconocimiento y controversia, ya que hay algunos elementos desconocidos para la gran mayoría.

Luces

Todas las bicicletas están obligadas a llevar dos luces de posición homologadas, una delantera de color blanco y otra de color rojo en la parte trasera –puede ser parpadeante si no molesta al resto de usuarios de la vía– con catadióptrico no triangular. Esto es obligatorio para circular de noche, en condiciones de baja visibilidad o en túneles, sin distinción de si se hace en un entorno urbano o por carretera. Por lo tanto, pese a no ser obligatorio de forma permanente, es altamente recomendable, ya que las condiciones pueden ser cambiantes: podemos encontrarnos con túneles o con situaciones de baja visibilidad en cualquier momento.

Timbre 

Este elemento es el gran desconocido. Si respecto a las luces la aceptación es mayoritaria, con el timbre no sucede lo mismo, por desconocimiento o por omisión. Incorporar un timbre es obligatorio y debe ser lo suficientemente potente como para advertir de nuestra presencia a peatones y demás vehículos. No llevarlo conlleva sanciones de 80 €.

Casco

Como ya explicamos en otro artículo sobre la obligatoriedad de llevar el casco, la normativa general establece que su uso es obligatorio en todas las circunstancias para menores de 16 años, tanto si circulan por carretera como por ciudad. En el caso de los mayores de 16, únicamente es obligatorio en el caso de circular por carretera.

Prendas reflectantes

El uso de prendas o chalecos reflectantes no es obligatorio en ciudad, como tampoco lo es en carretera siempre y cuando exista una buena visibilidad. Pero en condiciones de poca visibilidad (de noche, con niebla o lluvia, etc.) es obligatorio usar este tipo de prendas cuando circulamos por la carretera.

No obligatorio, pero sí recomendable

Además de los elementos anteriormente citados, no es obligatorio, pero sí altamente recomendable, llevar elementos reflectantes en nuestras bicis, ya sea en las llantas, los pedales o en otros componentes. También usar guantes y gafas podrá salvarnos en más de una situación, así como llevar el teléfono móvil bien cargado o un localizador GPS, especialmente si circulamos por la montaña.

Albert San Andrés para RACC HolaBICI.